Si quieres dar por finalizado tu contrato de arrendamiento, pero no tienes claro en qué casos específicos la ley protege y respalda tu decisión, ¡has llegado al sitio perfecto! En este artículo de OIKOS Inmobiliaria te compartiremos cuáles son las causales por las cuales puedes dar por terminado tu contrato sin incurrir en líos legales. ¿Estás listo? Entonces, ¡presta mucha atención!
Motivos para finalizar un contrato de arrendamiento
La Ley 820 de 2003, también conocida como Ley de Arrendamiento en Colombia, establece de manera clara y detallada las causas por las cuales se puede terminar un contrato de arrendamiento, tanto por parte del propietario como del arrendatario. Conoce dichas causas a continuación:
1. Terminación del contrato de arrendamiento por parte del arrendador con justa causa: El arrendador tiene el derecho a finalizar el contrato de arrendamiento si existen razones justificables, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 820 de 2003. Algunas de las causas incluyen:
- Falta de pago: Si el arrendatario no cancela las rentas y reajustes dentro del plazo acordado en el contrato.
- Cambio de destino: Si el inmueble se utiliza para una actividad diferente a la pactada en el contrato.
- Obras sin consentimiento: Cuando el arrendatario realiza modificaciones en el inmueble sin el permiso del arrendador.
- Subarriendo no autorizado: Si el arrendatario subarrienda total o parcialmente el inmueble sin el consentimiento del arrendador.
- Cesión del contrato sin permiso: Cuando el contrato o su goce se ceden sin la autorización del arrendador.
- Perturbación o incumplimiento del contrato de arrendamiento: Si el arrendatario perturba al arrendador o a otros arrendatarios del inmueble, o si no cumple con sus obligaciones contractuales.
- Uso ilícito o inmoral: Si el inmueble se utiliza para fines ilícitos o inmorales.
2. Terminación del contrato de arrendamiento por parte del arrendador sin justa causa: En ausencia de una justa causa, el arrendador puede poner fin al contrato en los siguientes casos:
- Terminación durante las prórrogas: El arrendador puede dar por terminado el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, siempre que notifique al arrendatario con al menos tres (3) meses de anticipación y pague una indemnización equivalente a tres (3) meses de arrendamiento.
- Obligación legal o contractual: Si el contrato debe finalizar debido a una obligación legal o contractual.
3. Terminación del contrato de arrendamiento por parte del arrendatario: El arrendatario puede poner fin al contrato en la fecha de vencimiento del término inicial o sus prórrogas, siempre que notifique al arrendador con al menos tres (3) meses de anticipación. En este caso, el arrendatario no necesita invocar ninguna causa adicional y no está obligado a pagar indemnización alguna.
4. Terminación del contrato de arrendamiento por mutuo acuerdo: Si ambas partes están de acuerdo, el contrato de arrendamiento puede finalizar en cualquier momento. En este escenario, no se aplican multas ni penalizaciones para ninguna de las partes.
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Procedimientos legales para acabar un contrato de arrendamiento
Ahora que conoces las causas que contempla la ley en torno a la terminación de un contrato de arrendamiento en Colombia, a continuación pasaremos entonces a compartirte el paso a paso que debes seguir para finalizar tu contrato, ya seas arrendador o arrendatario. ¡Presta mucha atención!
1. Revisar el contrato de arrendamiento: Lo primero que deben hacer tanto el arrendatario como el arrendador es revisar minuciosamente el contrato de arrendamiento. Este documento contiene todas las condiciones y términos que rigen la relación entre ambas partes, incluyendo las cláusulas relacionadas con la terminación del contrato. Es fundamental conocer estas condiciones antes de proceder.
2. Identificar la causa de terminación: Una vez revisado el contrato, es necesario identificar claramente la causa de terminación que se aplica al caso en cuestión. Como te explicamos anteriormente, puede ser por mutuo acuerdo, por terminación unilateral del contrato de arrendamiento por parte del arrendador o del arrendatario, por una justa causa, etc.
3. Notificar a la otra parte: La notificación formal es un paso crucial en el proceso de terminación del contrato. Debe ser por escrito y enviada a través del servicio postal autorizado. Además, debe realizarse con una antelación no menor a tres (3) meses, previo a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas. En la notificación, se debe indicar claramente la causa de la terminación y el plazo exacto en el cual se llevará a cabo.
4. Pago de indemnización: En ciertos casos, el arrendatario o el arrendador pueden estar obligados a pagar una indemnización a la otra parte. Por ejemplo, si el arrendador decide terminar el contrato durante las prórrogas sin una causa justificada, deberá abonar una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento. En este tipo de situaciones, es esencial cumplir con esta obligación financiera si no se quiere incurrir en líos de tipo legal.
5. Cumplir con las obligaciones pendientes: Antes de la terminación efectiva del contrato, tanto el arrendatario como el arrendador deben asegurarse de cumplir con todas las obligaciones pendientes que figuran en el contrato de arrendamiento. Esto incluye el pago de rentas, servicios públicos, reparaciones o cualquier otro compromiso acordado desde el inicio en el contrato.
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Artículo tomado de: OIKOS Inmobiliaria
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