Para entregar un inmueble en arriendo, asegúrate de que esté en buen estado y sin deudas de servicios públicos. ¡No te pierdas esta nota!
Si no tienes claro cuáles son tus responsabilidades y derechos como inquilino o propietario al momento de finalizar el contrato de arrendamiento y realizar la entrega del inmueble, ¡no te preocupes! En este artículo de OIKOS Inmobiliaria te compartiremos una guía completa con todo lo que debes saber al momento de entregar o recepcionar una casa o apartamento en arriendo en Bogotá o en cualquier ciudad del país.
Condiciones previas para entregar un inmueble
Antes de finalizar el contrato de arrendamiento, es fundamental que el inquilino realice una evaluación del estado de la vivienda que estaba habitando. Si bien algunos desgastes son normales y responden al paso del tiempo, anticiparse a la inspección que realizará en un futuro cercano, el propietario o la empresa inmobiliaria, le permitirá al inquilino realizar cualquier reparación (si aplica) y entregar la propiedad, sin problemas, cuando corresponda.
- ¿Qué se debe revisar?
A los inquilinos que tomaron un apartamento o una casa en arriendo Bogotá o en cualquier otra parte de Colombia, les recomendamos prestar atención a los siguientes elementos:
- Paredes: rayones, agujeros o un aumento significativo en el número de chazos
- Plomería: fugas en lavabos o grifería
- Ventanas: vidrios rotos o mecanismos dañados
- Cerraduras: dificultad para abrir o cerrar las puertas
- Pintura: desgastes, manchas o cambios de color
- Pisos: rayones, manchas o daños en el recubrimiento
- Electrodomésticos: funcionamiento, limpieza y estado de conservación
- Jardín o áreas comunes: estado de la vegetación, posibles daños en cercos o rejas.
Además, sugerimos realizar una inspección detallada junto al propietario o la inmobiliaria al menos un mes antes de la fecha de entrega. Esto brindará tiempo suficiente para realizar las reparaciones necesarias y evitar contratiempos de última hora.
Cumplimiento de los términos del contrato
El contrato de arrendamiento es un acuerdo legal que establece los derechos y obligaciones tanto del propietario como del inquilino. Este documento, además de formalizar la relación comercial, sirve como un punto de referencia para resolver cualquier duda o conflicto que pueda surgir durante la vigencia del contrato.
- ¿Qué incluye un contrato de arrendamiento?
- Datos de las partes: nombres completos, documentos de identificación y datos de contacto de ambos.
- Descripción del inmueble: características de la vivienda, incluyendo dirección, número de habitaciones, baños, etc.
- Duración del contrato: fecha de inicio y finalización del arrendamiento.
- Canon de arrendamiento: monto correspondiente al canon de arrendamiento, forma de pago y fecha máxima para realizar el depósito.
- Gastos a cargo del inquilino y el propietario: servicios públicos, cuota de administración, impuestos prediales, etc.
- Condiciones de renovación: procedimiento para renovar el contrato.
- Cláusulas de terminación anticipada: condiciones para finalizar el contrato antes de la fecha pactada.
- Sanciones: consecuencias por incumplimiento de las cláusulas del contrato.
En este documento también deben quedar establecidos, entre las responsabilidades de ambas partes, el mantenimiento y conservación del inmueble. Es preciso que quede claro que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 820 de 2003, artículo 9, el inquilino se debe encargar de las reparaciones ordinarias (daños o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la acción del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia culpa) y el propietario de las reparaciones extraordinarias (problemas generados por causas ajenas al uso normal de la vivienda, como el desgaste por el paso del tiempo o defectos constructivos).
Lee también: ¿Qué elementos esenciales debe incluir un contrato de alquiler?
Derechos y deberes del propietario y el inquilino
En lo relacionado con las obligaciones y derechos del propietario y el inquilino en torno a la conservación y posterior entrega del inmueble, debemos destacar:
- Por parte del propietario
- Mantener el inmueble en condiciones habitables: de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y la Ley 820 del 2003, el propietario debe garantizar que la vivienda sea segura y apta para ser habitada, realizando las reparaciones no locativas necesarias para conservar su estado.
- Realizar reparaciones extraordinarias: estas se derivan del desgaste natural del inmueble o de factores externos o de fuerza mayor.
- Por parte del inquilino
- Cuidar el inmueble: por su parte, según lo estipulado en el Código Civil, capítulo II, artículo 1985, el inquilino debe utilizar el inmueble exclusivamente para lo que le fue arrendado, evitando realizar cualquier acción que pueda generar daños en su estructura y entorno.
- Realizar reparaciones locativas: estas son las reparaciones menores, también conocidas como locativas, que implican acciones como cambiar un bombillo, reparar cualquier rayón en la pared o el piso o daño en los grifos.
- Notificar oportunamente cualquier daño: al detectar algún daño derivado del uso normal del inmueble, el inquilino debe informarlo al propietario de inmediato para que se tomen las medidas necesarias y se determine a quién de los dos le corresponde la reparación.
Para evitar inconvenientes futuros, tanto para el inquilino como para el propietario, lo recomendable es que se especifiquen estas situaciones al momento de firmar el contrato de arrendamiento.
Te puede interesar: Pago de servicios públicos y reparaciones: ¿a quién le corresponden si la vivienda está arrendada?
Proceso de entrega formal del inmueble
Una semana antes de que se dé por finalizado el contrato de arrendamiento de la casa o el apartamento para arrendar en Bogotá o en cualquier otra ciudad, el inquilino debe contactar al propietario o a la empresa inmobiliaria para llevar a cabo la revisión y entrega final de la vivienda. Durante este proceso, usualmente se lleva a cabo el siguiente paso a paso:
1. Documentación al día: el inquilino debe presentar toda la documentación requerida, como el paz y salvo de administración (si la vivienda está ubicada en propiedad horizontal), constancias de cancelación de servicios adicionales (televisión, internet, etc.), y cualquier otro documento que acredite el cumplimiento de sus obligaciones económicas.
2. Inspección detallada: en compañía del dueño del inmueble o de un profesional de la empresa inmobiliaria, se realiza una inspección minuciosa de la vivienda, comparando el estado actual con el documentado en el inventario inicial. Cualquier diferencia o daño se debe registrar, con fotografías, en un informe detallado en el que también quede claro qué tipo de daños o problemas se encontraron y quién de las partes, según lo establecido en la ley y en el contrato, debe hacerse cargo.
3. Reformas no autorizadas: en caso de que el inquilino haya realizado cambios drásticos en el inmueble sin autorización, se deberá llegar a un acuerdo con el propietario sobre la permanencia de dichos ajustes o su remoción.
4. Devolución de llaves: en el último día, el inquilino deberá entregar todas las llaves del inmueble y tarjetas de acceso al conjunto o condominio.
5. Cierre del contrato: para finalizar el proceso, se firmará el acta de entrega y recepción, donde se detallarán las condiciones del inmueble al momento de la entrega.
¿Quieres arrendar tu propiedad o tomar una vivienda en arriendo? ¡OIKOS Inmobiliaria es el experto que buscas!
Gracias a nuestra amplia experiencia y trayectoria en el mercado inmobiliario de la capital, nosotros podemos brindarte la asesoría y el acompañamiento que necesitas, ya sea para poner en arriendo tu vivienda o alquilar un inmueble en Bogotá. Desde el proceso de búsqueda (de la vivienda o del inquilino perfecto), hasta el momento de finalizar el contrato de arrendamiento, ¡nuestros profesionales estarán siempre disponibles y a tu disposición! No te enredes con los procesos que hacen parte del proceso de arrendar una propiedad, ¡nosotros podemos gestionarlo todo por ti! Contáctanos ahora.
Artículo tomado de: OIKOS Inmobiliaria
No hay comentarios:
Publicar un comentario