Un administrador de propiedad horizontal debe ser una persona integra que tenga varias capacidades al servicio de los conjuntos residenciales.
Si bien es cierto que hacerse de buenos administradores de propiedad horizontal, no es una tarea sencilla, si se tienen claro las funciones deben desarrollar, será un poco más sencillo determinar la persona más idónea para cumplir a cabalidad esta labor.
Hoy fungiendo nuestra calidad de ser reconocidos como una de las mejores inmobiliarias de Bogotá, queremos enfocarnos específicamente en las funciones de los administradores de vivienda. (Lea también: ¿Falta regulación en la cuota de los conjunto residenciales?)
La organización es el pilar de una buena administración
• En primer lugar se deben tener en cuenta las facultades de ejecución, conservación, representación y recaudo conferidas al administrador deben cumplirse según la ley 675 de 2001.
• Como segundo deber el administrador debe convocar a la asamblea a reuniones ordinarias o extraordinarias según la necesidad, teniendo siempre presente un detallado informe de los gastos e ingresos correspondientes, mencionando oportunamente la venta de apartamentos en el conjunto.
Más aún, el administrador debe conferir con diligencia y cuidado los bienes de dominio de la persona jurídica que pueden surgir como consecuencia de la desafectación de bienes comunes no esenciales y destinarlos a los fines que en las asambleas se aprueben, bajo los parámetros del reglamento de propiedad horizontal.
• Como tercera medida el administrador debe actualizarse continuamente en los decretos que inovlucren propiedad privada y bodegas en arriendo. De esa manera nada se le pasará por alto en culquier novedad que como conjunto los involucre.
• Finalmente es fundamental que nunca debe olvidar elevar a escritura pública y registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal teniendo un control detallado de cuales apartamentos en arriendo norte de Bogotá y cuantas propiedades se administran.
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