lunes, 13 de junio de 2022

¿Cómo funciona la garantía en los inmuebles nuevos?

¿Sabías que existe una garantía legal que cubre posibles daños en inmuebles nuevos? Descubre en esta nota de qué se trata, qué daños cubre y cómo aplicar a ella con Oikos Constructora


¿Tienes deseos de comprar vivienda pero temes que, después de entregada, esta no cumpla con la calidad que la constructora a cargo del proyecto te prometió? ¡No te preocupes más por eso! Tu compra se encuentra amparada por garantía de acuerdo a lo establecido en el Código Civil Colombiano y la Ley 1480 de 2011, también conocida como el Estatuto del Consumidor. ¿Quieres conocer cómo funciona este derecho? En esta nota, OIKOS Constructora te explica todos los detalles que componen la Garantía a los Inmuebles Nuevos. 

 

Garantía por la compra de inmuebles

 

Con el objetivo de prevenir dramas futuros que se puedan generar debido a daños en la estructura de una construcción (sea para vivienda, oficinas, comercios, etc.), dentro del Código Civil Colombiano, al igual que en el Estatuto del Consumidor, la Ley decidió instaurar la garantía a la compra de inmuebles. Dicho “seguro” obliga a las constructoras inmobiliarias a costear los gastos que se generen como consecuencia del uso de materiales en malas condiciones durante la construcción, fallas en el estudio y adaptación del suelo, o por no cumplir con las reglas antisísmicas. 

 

Este derecho, al que tiene acceso cualquier comprador, está descrito en el artículo 2060 del Código Civil de la siguiente manera: “Si el edificio perece o amenaza ruina, en todo o parte, en los diez años subsiguientes a su entrega, por vicio de la construcción, o por vicio del suelo (...) o por vicio de los materiales, será responsable el empresario”. Sin embargo, ten presente que la garantía por diez años aplica únicamente si los daños tienen que ver con el sistema estructural.

 

Además, para las personas que compren vivienda nueva, la garantía de la constructora también debe incluir una póliza de seguros, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1796 de 2010. Dentro de esta garantía, de igual modo, se contemplan las reparaciones que tiene que asumir la empresa por deterioros en las zonas comunes de proyectos de vivienda residenciales.

 

Tipos de garantías 

 

Dependiendo del tipo de daño, la garantía a la compra de inmuebles se puede dividir en dos tipos: garantía por acabados y garantía por estabilidad estructural. Aunque ambas tienen como fin principal proteger al comprador, cada una tiene una duración y unas aplicaciones diferentes. A continuación te lo explicamos:

 

- Garantía por acabados: esta garantía tiene una duración de 12 meses y comienza a regir desde el momento de entrega de la vivienda o edificación. Es un tipo de garantía para inmuebles nuevos en Colombia que tiene como función básica amparar la compra por daños relacionados con la pintura, los enchapes, los vidrios, las puertas, los pisos, las instalaciones de energía, agua, gas, telecomunicaciones, entre otros. No obstante, la garantía no cubre afectaciones accidentales causadas por el comprador como rayones en el piso, golpes o manchas en los muros, etc.

 

- Garantía por estabilidad estructural: este segundo tipo de garantía a los bienes inmuebles, a diferencia de la primera, sí aplica para nuevas y antiguas construcciones y tiene una duración de 10 años. Gracias a ella, la empresa constructora está en la obligación de asumir los costos futuros que tengan relación con daños en el sistema constructivo. Es decir, si dentro de ese plazo, la edificación muestra signos de deterioro en cimientos, columnas, vigas y losas de entrepiso, etc., es deber de la constructora hacerse cargo de las reparaciones o retribuciones económicas que correspondan. 

 

¿Quién es el responsable de la garantía?

 

Aunque por ley, en los proyectos de construcción de vivienda, la empresa suele ser la principal encargada de asumir los gastos contemplados dentro de esta garantía, dentro de las normas también se contemplan ciertas excepciones. Por ejemplo, en el artículo 2060, inciso 3 del Código Civil, se establece que cuando el propietario de la edificación es la persona que provee los materiales que serán utilizados para llevar a cabo el proyecto, la constructora ya no tendrá que contraer con las responsabilidades anteriormente mencionadas. En su lugar, la empresa se regirá por lo que establece el Artículo 2041 del Código Civil. 

 

Ahora que conoces y comprendes estos derechos a los que tienes acceso como comprador, ¡no retrases más la compra de tu inmueble! Recuerda que OIKOS Constructora tiene disponible para ti una variedad de proyectos de vivienda grandiosos y hechos a la medida de tus necesidades. 

 

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Artículo tomado de: OIKOS CONSTRUCTORA

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