lunes, 22 de febrero de 2016

Lo que debe saber del predial de Bogotá para el 2016

Usted debe saber esto del predial
Con el reajuste del 3 por ciento en el incremento de los avalúos de inmuebles en Bogotá y el efecto que este produce en la determinación de los impuestos prediales, produce inquietudes que serán resueltas gracias a OIKOS Inmobiliaria y, de igual manera, le explicaremos qué debe hacer.

1.- Confirmar los usos

En primera instancia, recomendamos que, en relación con los inmuebles de su propiedad, consigan los certificados y el avalúo catastral respectivo para que logre conseguir los documentos vigentes y así pueda constatar los usos y destinos que aparezcan reportados en relación con los predios.

El certificado catastral lo puede obtener a través de la página web del Catastro Distrital. Vale recordar que la entidad le enviará un mensaje por correo a los propietarios de los predios actualizados para este año.

2.- Avalúos actualizados

El Catastro realiza un proceso en los diferentes sectores con el fin de determinar la vigencia del 2016 y revisar las circunstancias físicas, jurídicas y económicas de los avalúos inmobiliarios en períodos máximos de cinco años.

El límite del avalúo catastral actualizado es el valor comercial. Si por el contrario, la propiedad se ha desvalorizado, esto se reflejará en el avalúo catastral.

3.- Acatar resultado vigente

Según la normatividad, en cualquiera de los casos se deben acatar los avalúos en Bogotá vigentes en la declaración del impuesto predial. Por ejemplo, si Catastro lo reduce tras la revisión, la declaración presentada inicialmente se podría corregir; de ser pertinente, también podría solicitar la devolución de lo que pagó de más.

4.- Los de conservación

Uno de los grupos de avalúos Niif y catastrales son los llamados “de conservación” según el ajuste no aplican a los predios formados o actualizados. Lo que significa que es una buena noticia. Mencionado ajuste, que es del 3 por ciento se puede considerar razonable, teniendo en cuenta la actual situación económica que atraviesa la ciudad.

5.- Sin avalúo catastral

En el caso de los inmuebles que no tiene asignados avalúos catastrales, el Decreto Distrital 598 del 2015 fijó el año gravable 2016 las bases mínimas del impuesto predial.

De modo que, en OIKOS Inmobiliaria tenemos presente que los valores por metro cuadrado de los terrenos y edificaciones para lograr determinar, según la normatividad los precios justos para sus predios e inmuebles. Le brindamos exactitud y calidad en cada uno de nuestros servicios. ¡Contáctenos!

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